NUEVO REAL DECRETO DE HIGIENE Y FLEXIBILIDAD.
15/02/2021
REAL DECRETO 1086/2020 POR EL QUE SE REGULAN Y FLEXIBILIZAN DETERMINADAS CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES DE LA UNIÓN EUROPEA EN MATERIA DE HIGIENE DE LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y SE REGULAN ACTIVIDADES EXCLUIDAS DE SU ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Los reglamentos europeos del llamado “paquete de higiene” ofrecen la posibilidad de que los Estados miembros flexibilicen determinadas disposiciones establecidas en el mismo, en relación con los requisitos estructurales de los establecimientos o para poder seguir utilizando métodos tradicionales en la producción, transformación y distribución de alimentos, así como para responder a las necesidades de las empresas situadas en regiones con condicionantes geográficos particulares, siempre que se mantengan los objetivos de higiene contemplados en dichos Reglamentos.
Con la publicación de esta norma, se facilita la aplicación de la normativa de la Unión Europea de forma armonizada en todo el territorio nacional y permite que establecimientos alimentarios pequeños, con poca producción o que elaboran productos tradicionales y que precisan por tanto, una consideración diferenciada, puedan alcanzar los objetivos de los reglamentos de higiene de una manera más sencilla.
Con esta norma se da respuesta a tres situaciones:
- Se establecen excepciones o adaptaciones para flexibilizar los requisitos recogidos en los reglamentos del paquete de higiene para determinados tipos de establecimientos y productos.
- Se regulan actividades excluidas del ámbito de aplicación de estos reglamentos.
- Se establecen medidas que contribuyen a la correcta aplicación en España de la normativa de la Unión Europea.
Más información y fuente: AESAN