SANCIONES ECONÓMICAS A LAS EMPRESAS ALIMENTARIAS QUE COMERCIALICEN ALIMENTOS CON DOBLE CALIDAD EN EUROPA
25/01/2019
El año pasado, la Comisión Europea presentó un conjunto de reglas para acabar con los denominados alimentos de doble calidad, es decir, aquellos productos que siendo homónimos entre países, dependiendo del país en el que se comercializan varían en composición, siendo en algunos casos de peor calidad y/o comercializándose más caros. Esta nueva reglamentación de la que hablábamos aquí ponía fin a esta práctica esperando que pudiera garantizar que todos los consumidores europeos se beneficiaran plenamente de sus derechos.
Pues bien, en el Parlamento Europeo hoy se ha aprobado la actualización de las normas de protección al consumidor, donde se abordan las clasificaciones engañosas de los mercados online y la doble calidad de los alimentos. En este último caso, se ha aprobado imponer sanciones económicas a las empresas alimentarias que comercialicen alimentos con doble calidad en Europa, sanciones de hasta 10 millones de euros o un 4% de la facturación anual correspondiente al año anterior, imponiendo siempre la sanción que resulte mayor.
Para los europarlamentarios, esta medida se traduce en una mayor protección para todos los consumidores europeos frente a las prácticas engañosas y desleales, para organizaciones como BEUC (Organización Europea de Consumidores), se trata de un paso en la dirección correcta que permitirá acabar con estas prácticas desleales en el mercado único. Recordemos que especialmente han sufrido este tipo de engaños los consumidores de Europa del Este, productos de una misma marca que tienen el mismo nombre y embalaje se comercializaban con una calidad diferente dependiendo del país de destino, siendo siempre peor si se destinaba a países como la República Checa, Hungría, Polonia, Eslovaquia, etc.
Más Información y Fuente: Gastronomiaycia