NUEVO REGLAMENTO DE LAS DENOMINACIONES GEOGRÁFICAS DE CALIDAD ALIMENTARIA
28/12/2018
El Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) publica este lunes el reglamento, que ya cuenta con la aprobación europea, que regulará el procedimiento para que las denominaciones de origen e indicaciones geográficas de los productos agroalimentarios dispongan de una normativa “más simple y cercana” al consumidor, que les permita ser más competitivas en los mercados. También, establece un procedimiento transparente y común para el reconocimiento y gestión de las denominaciones geográficas de calidad alimentaria y
regula un sistema de control oficial.
Este reglamento detalla los distintos pasos que se han de seguir para poner en marcha una Denominación de Origen Protegida (DOP) o Indicación Geográfica Protegida (IGP) desde que la solicitan los productores hasta los supuestos de su extinción, es decir, el procedimiento administrativo, modificación y anulación de estos marchamos y la estructura y funcionamiento. Establece, además, el régimen de control a que deben estar sometidos para su mejora y defensa de la calidad y crea una base de datos pública de operadores amparados por estas figuras.
La puesta en marcha de esta nueva normativa potencia y fortalece las políticas de calidad alimentaria mejorando su comercialización; dota de seguridad jurídica las relaciones entre los operadores que comercializan su producción al amparo de una denominación geográfica de calidad; facilita la unión, sinergias y alianzas en la gestión, funcionamiento y comercialización de estas figuras; moderniza y mejora su tramitación y funcionamiento; clarifica y simplifica las tramitaciones y procedimientos administrativos; facilita las
incorporaciones a los regímenes de calidad de los operadores interesados; aporta mayores garantías de calidad, su defensa y el control oficial, y mayor transparencia e información a los consumidores.
Más Información y Fuente: AstorgaDigital